jueves, 11 de diciembre de 2025

Ayuda del Gobierno por impago del alquiler 2025: requisitos, cobertura y cómo solicitarla paso a paso - 11 Diciembre 2025

Ayuda del Gobierno por impago del alquiler 2025: requisitos, cobertura y cómo solicitarla paso a paso

ACTUALIZADO 11 DICIEMBRE 2025

El Gobierno ha aprobado una nueva ayuda estatal que protege a los propietarios cuando un inquilino deja de pagar el alquiler. Esta medida cubre rentas impagadas, daños en la vivienda y facturas pendientes, y se gestiona directamente a través de las comunidades autónomas. Aquí tienes una guía clara y completa, paso a paso, para entenderla y solicitarla.

¿Qué cubre esta ayuda?

  • Pago de mensualidades impagadas del inquilino.
  • Cobertura por daños ocasionados en la vivienda.
  • Pago de suministros pendiente (luz, agua, gas).
  • Apoyo en el proceso para recuperar la vivienda si existe procedimiento judicial.

¿A quién protege esta ayuda?

A propietarios que alquilen a:

  • Jóvenes menores de 35 años.
  • Familias vulnerables.
  • Unidades familiares con ingresos limitados.
  • Inquilinos dentro de programas autonómicos de alquiler asequible.

Requisitos del propietario:

  • Contrato de alquiler legal y registrado.
  • Vivienda destinada a uso residencial.
  • Acreditación del impago a través de burofax o reclamación.
  • Estar dentro de un programa estatal o autonómico de alquiler asequible.

Qué NO cubre

  • Alquiler turístico o temporal.
  • Contratos no registrados o no declarados.
  • Impagos anteriores a entrar en el programa de alquiler asequible.

Cuándo se puede pedir

La solicitud puede presentarse cuando el inquilino deja de pagar y el propietario haya presentado un requerimiento formal (burofax, reclamación o demanda). El plazo para pedir la ayuda puede extenderse hasta 6 meses desde el primer impago.

Pasos para solicitar la ayuda

Paso 1 — Acreditar el impago

El propietario debe demostrar el impago mediante:

  • Burofax enviado al inquilino.
  • Reclamación amistosa registrada.
  • O demanda judicial (según la comunidad).

Paso 2 — Reunir la documentación

  • DNI/NIE del propietario.
  • Contrato de alquiler.
  • Nota simple o escritura de la vivienda.
  • Extractos bancarios que acrediten el impago.
  • Copia del burofax o requerimiento.
  • Certificado de estar en el programa de alquiler asequible.

Paso 3 — Rellenar el formulario de solicitud

Cada comunidad autónoma dispone de su propio modelo, como verás en la lista detallada más abajo.

Paso 4 — Presentar la solicitud

Se puede presentar en el registro electrónico de cada comunidad, en oficinas de vivienda o en el registro general de administración.

Paso 5 — Esperar resolución

El plazo suele oscilar entre 1 y 3 meses, dependiendo de la comunidad autónoma.

Paso 6 — Pago de la ayuda

Una vez aprobada, la comunidad pagará las mensualidades pendientes, daños y suministros según proceda.

Cómo solicitar la ayuda según tu Comunidad Autónoma

Andalucía

Organismo: AVRA (Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía).
Presentación: Registro de la Junta de Andalucía o vía electrónica.
Plazo: 1–2 meses.

Madrid

Organismo: Consejería de Vivienda de Madrid.
Requisito especial: Requerimiento oficial mediante burofax o proceso monitorio.
Plazo: 1 mes.

Cataluña

Organismo: Agència de l’Habitatge de Catalunya.
Extra: Documento de requerimiento previo de pago.
Plazo: Hasta 3 meses.

Comunidad Valenciana

Organismo: Dirección General de Vivienda de la Generalitat Valenciana.
Extra: Ser parte del programa autonómico de alquiler asequible.
Plazo: 1–2 meses.

Castilla-La Mancha

Organismo: Consejería de Fomento.
Documentación: Burofax, contrato y justificantes de impagos.
Plazo: 2 meses.

Castilla y León

Organismo: Consejería de Vivienda.
Extra: Acta de mediación previa.
Plazo: 1–3 meses.

Aragón

Organismo: Dirección General de Vivienda.
Extra: Informe social si el inquilino es vulnerable.
Plazo: 2 meses.

Región de Murcia

Organismo: Instituto de Vivienda y Suelo.
Plazo: 1 mes.

Extremadura

Organismo: Junta de Extremadura — Vivienda.
Extra: Declaración responsable del propietario.
Plazo: 1–3 meses.

Galicia

Organismo: IGVS (Instituto Galego da Vivenda e Solo).
Extra: Contrato registrado previamente.
Plazo: 1–2 meses.

Asturias

Organismo: Vivienda del Principado de Asturias.
Requisito: Burofax y justificantes de impago.
Plazo: 1 mes.

Cantabria

Organismo: Dirección General de Vivienda.
Extra: Acreditación de daños si los hubiera.
Plazo: 2 meses.

País Vasco

Organismo: Etxebide.
Extra: Certificado de programa de alquiler asequible.
Plazo: 1–2 meses.

Navarra

Organismo: Nasuvinsa.
Extra: Aportar demanda judicial si está presentada.
Plazo: 1–3 meses.

La Rioja

Organismo: Dirección General de Vivienda.
Requisito: Requerimiento previo por burofax.
Plazo: 1 mes.

Islas Baleares

Organismo: IBAVI.
Extra: Informe de daños si procede.
Plazo: 1–2 meses.

Islas Canarias

Organismo: Instituto Canario de la Vivienda.
Extra: Aportar certificado de vulnerabilidad si aplica.
Plazo: 2 meses.

Conclusión: Esta ayuda estatal supone un respaldo importante para propietarios que sufren impagos, ofreciendo seguridad y cobertura completa. Su solicitud es sencilla si sigues los pasos indicados y acudes al organismo correspondiente de tu comunidad autónoma.

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