Ayuda del Gobierno por impago del alquiler 2025: requisitos, cobertura y cómo solicitarla paso a paso
El Gobierno ha aprobado una nueva ayuda estatal que protege a los propietarios cuando un inquilino deja de pagar el alquiler. Esta medida cubre rentas impagadas, daños en la vivienda y facturas pendientes, y se gestiona directamente a través de las comunidades autónomas. Aquí tienes una guía clara y completa, paso a paso, para entenderla y solicitarla.
¿Qué cubre esta ayuda?
- Pago de mensualidades impagadas del inquilino.
- Cobertura por daños ocasionados en la vivienda.
- Pago de suministros pendiente (luz, agua, gas).
- Apoyo en el proceso para recuperar la vivienda si existe procedimiento judicial.
¿A quién protege esta ayuda?
A propietarios que alquilen a:
- Jóvenes menores de 35 años.
- Familias vulnerables.
- Unidades familiares con ingresos limitados.
- Inquilinos dentro de programas autonómicos de alquiler asequible.
Requisitos del propietario:
- Contrato de alquiler legal y registrado.
- Vivienda destinada a uso residencial.
- Acreditación del impago a través de burofax o reclamación.
- Estar dentro de un programa estatal o autonómico de alquiler asequible.
Qué NO cubre
- Alquiler turístico o temporal.
- Contratos no registrados o no declarados.
- Impagos anteriores a entrar en el programa de alquiler asequible.
Cuándo se puede pedir
La solicitud puede presentarse cuando el inquilino deja de pagar y el propietario haya presentado un requerimiento formal (burofax, reclamación o demanda). El plazo para pedir la ayuda puede extenderse hasta 6 meses desde el primer impago.
Pasos para solicitar la ayuda
Paso 1 — Acreditar el impago
El propietario debe demostrar el impago mediante:
- Burofax enviado al inquilino.
- Reclamación amistosa registrada.
- O demanda judicial (según la comunidad).
Paso 2 — Reunir la documentación
- DNI/NIE del propietario.
- Contrato de alquiler.
- Nota simple o escritura de la vivienda.
- Extractos bancarios que acrediten el impago.
- Copia del burofax o requerimiento.
- Certificado de estar en el programa de alquiler asequible.
Paso 3 — Rellenar el formulario de solicitud
Cada comunidad autónoma dispone de su propio modelo, como verás en la lista detallada más abajo.
Paso 4 — Presentar la solicitud
Se puede presentar en el registro electrónico de cada comunidad, en oficinas de vivienda o en el registro general de administración.
Paso 5 — Esperar resolución
El plazo suele oscilar entre 1 y 3 meses, dependiendo de la comunidad autónoma.
Paso 6 — Pago de la ayuda
Una vez aprobada, la comunidad pagará las mensualidades pendientes, daños y suministros según proceda.
Cómo solicitar la ayuda según tu Comunidad Autónoma
Andalucía
Organismo: AVRA (Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía).
Presentación: Registro de la Junta de Andalucía o vía electrónica.
Plazo: 1–2 meses.
Madrid
Organismo: Consejería de Vivienda de Madrid.
Requisito especial: Requerimiento oficial mediante burofax o proceso monitorio.
Plazo: 1 mes.
Cataluña
Organismo: Agència de l’Habitatge de Catalunya.
Extra: Documento de requerimiento previo de pago.
Plazo: Hasta 3 meses.
Comunidad Valenciana
Organismo: Dirección General de Vivienda de la Generalitat Valenciana.
Extra: Ser parte del programa autonómico de alquiler asequible.
Plazo: 1–2 meses.
Castilla-La Mancha
Organismo: Consejería de Fomento.
Documentación: Burofax, contrato y justificantes de impagos.
Plazo: 2 meses.
Castilla y León
Organismo: Consejería de Vivienda.
Extra: Acta de mediación previa.
Plazo: 1–3 meses.
Aragón
Organismo: Dirección General de Vivienda.
Extra: Informe social si el inquilino es vulnerable.
Plazo: 2 meses.
Región de Murcia
Organismo: Instituto de Vivienda y Suelo.
Plazo: 1 mes.
Extremadura
Organismo: Junta de Extremadura — Vivienda.
Extra: Declaración responsable del propietario.
Plazo: 1–3 meses.
Galicia
Organismo: IGVS (Instituto Galego da Vivenda e Solo).
Extra: Contrato registrado previamente.
Plazo: 1–2 meses.
Asturias
Organismo: Vivienda del Principado de Asturias.
Requisito: Burofax y justificantes de impago.
Plazo: 1 mes.
Cantabria
Organismo: Dirección General de Vivienda.
Extra: Acreditación de daños si los hubiera.
Plazo: 2 meses.
País Vasco
Organismo: Etxebide.
Extra: Certificado de programa de alquiler asequible.
Plazo: 1–2 meses.
Navarra
Organismo: Nasuvinsa.
Extra: Aportar demanda judicial si está presentada.
Plazo: 1–3 meses.
La Rioja
Organismo: Dirección General de Vivienda.
Requisito: Requerimiento previo por burofax.
Plazo: 1 mes.
Islas Baleares
Organismo: IBAVI.
Extra: Informe de daños si procede.
Plazo: 1–2 meses.
Islas Canarias
Organismo: Instituto Canario de la Vivienda.
Extra: Aportar certificado de vulnerabilidad si aplica.
Plazo: 2 meses.
Conclusión: Esta ayuda estatal supone un respaldo importante para propietarios que sufren impagos, ofreciendo seguridad y cobertura completa. Su solicitud es sencilla si sigues los pasos indicados y acudes al organismo correspondiente de tu comunidad autónoma.
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